Horas nocturnas de funcionario de la Junta Departamental de Montevideo

olga elgart hizo esta solicitud de acceso a la información a Junta Departamental de Montevideo

La solicitud está esperando aclaración. Si es olga elgart, por favor abrir sesión mandar un mensaje de seguimiento.

De: olga elgart

Estimado Junta Departamental de Montevideo,

De mi mayor consideración:

Me dirijo a esta Oficina a los efectos de realizar un pedido de
acceso a la información pública, conforme a la ley 18381. Solicito
me entregue:

Quisiera saber el régimen de horas nocturnas que tiene un oficial
IV, portería, de categoría servicios auxiliares; y como se abona en
el recibo de sueldo. Cual es el decreto, reglamento o norma que lo
regula. Y también cual es la normativa respecto al concepto de
servicio a la orden, que comprende? y si se confunden la
nocturnidad con el concepto de servicio a la orden en estos
funcionarios; en que norma está?

A estos efectos, solicito que se comunique conmigo mediante la
dirección de correo fijado. A su vez solicito que la entrega de la
información sea en formato electrónico.

Un saludo

Enlace

De: Administración de Secretaría
Junta Departamental de Montevideo

Sra. Olga Elgart:

Dado el correo remitido por Ud. por el cual nos realiza un pedido de información conforme a la Ley Nº 18.381 de 17 de octubre de 2008, solicitamos con el fin de formalizar su consulta, completar el pedido de información con sus datos personales (nombre completo, cédula de identidad y domicilio constituido) de acuerdo a lo dispuesto en el Literal A del Art. 13 de la citada ley, enviándolo a la dirección de correo electrónico [correo electrónico]

Le saluda atentamente,

Administración de Secretaría
Junta Departamental de Montevideo
Teléfono 2916-2394

-----Mensaje original-----
De: Velazquez, Miguel
Enviado el: martes, 29 de abril de 2014 18:23
Para: Administración de Secretaría
Asunto: RV: solicitud Acceso a la Información - Horas nocturnas de funcionario de la Junta Departamental de Montevideo

-----Mensaje original-----
De: olga elgart [mailto:[correo electrónico]]
Enviado el: Martes, 22 de Abril de 2014 12:04 a.m.
Para: Presidencia
Asunto: solicitud Acceso a la Información - Horas nocturnas de funcionario de la Junta Departamental de Montevideo

Estimado Junta Departamental de Montevideo,

De mi mayor consideración:

Me dirijo a esta Oficina a los efectos de realizar un pedido de
acceso a la información pública, conforme a la ley 18381. Solicito
me entregue:

Quisiera saber el régimen de horas nocturnas que tiene un oficial
IV, portería, de categoría servicios auxiliares; y como se abona en
el recibo de sueldo. Cual es el decreto, reglamento o norma que lo
regula. Y también cual es la normativa respecto al concepto de
servicio a la orden, que comprende? y si se confunden la
nocturnidad con el concepto de servicio a la orden en estos
funcionarios; en que norma está?

A estos efectos, solicito que se comunique conmigo mediante la
dirección de correo fijado. A su vez solicito que la entrega de la
información sea en formato electrónico.

Un saludo

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Por favor use la siguiente dirección de correo para todas las
respuestas a esta solicitud:
[correo electrónico]

¿Es [correo electrónico] la dirección incorrecta para
peticiones Acceso a la Información a Junta Departamental de
Montevideo? Si es así, por favor contáctenos usando el siguiente
formulario:
http://www.quesabes.org/help/contact

Atención: Este mensaje y cualquier respuesta que usted haga serán
publicadas en Internet. Nuestras políticas de privacidad y
copyright:
http://www.quesabes.org/help/officers

Si encuentra este servicio útil como responsable de Acceso a la
Información, pida al responsable de su web que añada un enlace a
nuestra web.

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Enlace

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La ley no establece que deba presentarse la cedula de identidad. El domicilio está en el cuerpo del pedido, así como el nombre de la peticionante. En todo caso el obstáculo formal, no debería impedir a la administración de apicar el principio de informalidad a favor del administrado y entregar una respuesta que prima facie parece totalmente dentro lo previsto por la ley

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Horas nocturnas de funcionario de la Junta Departamental de Montevideo

Respuesta por Administración de Secretaría el 30 de abril de 2014

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