Expediente N°: 2021-2-1-0001155
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SECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo,
2 0 SEP. 2021
VISTO: la solicitud de acceso a la información formulada por el señor Juan
Pittaluga, al amparo de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
RESULTANDO: I) que el interesado peticiona respecto de la Secretaria de
Inteligencia Estratégica del Estado:
“-Cantidad de personas que trabajan en
esa Secretaría. -Cargos
oficiales que ostentan. -Funciones que desempeñan. -
Cuántos son hombres y cuántos mujeres. -Edad promedio. -Cuántos de ellos
provienen de la actividad pública y cuántos de la actividad privada. -De los que
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provienen de la actividad pública, qué cargo y función desempeñaban
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anteriormente. -De los que provienen de la actividad privada, qué cargo y
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función desempeñaban anteriormente. -Cuántos de ellos son civiles, militares y
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policiales. -Si alguno de ellos trabaja fuera del país. En caso positivo, cuántos
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son. -Si alguno de ellos no es ciudadano uruguayo. En caso positivo, cuántos
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son";
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II) que se solicitó informe de la Secretaría de Inteligencia Estratégica del
Estado;
CONSIDERANDO: I) que la referida Secretaría se encuentra estudiando la
solicitud en el marco de las disposiciones de la Ley N° 19.696, de 29 de
octubre de 2018;
II) que el plazo inicial de veinte días hábiles resulta exiguo a los efectos de dar
respuesta al peticionante;
III) que, por tanto, procede prorrogar el plazo inicial por otros veinte días
hábiles, a los efectos de resolver la solicitud presentada;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el inciso 2o del
artículo 15 de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008, la Ley N° 19.696, de
29 de octubre de 2018 y la Resolución de la Presidencia de la República N°
365/020, de 26 de marzo de 2020 en la redacción dada por la Resolución de la
Presidencia de la República N° 956/020, de 21 de diciembre de 2020;
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Folio n° 20
Expediente N°: 2021-2-1-0001155
EL SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E :
1°.- Prorrógase por veinte días hábiles el plazo dispuesto por el inciso 1o del
Artículo 15 de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008, para resolver la
solicitud de información formulada por el señor Juan Pittaluga.
2°.- Notifíquese, comuniqúese, etc.
q/ alvaro delgado
Secretario de la
Presidencia de la República
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Folio n° 21