
SECRETARÍA
COMISIÓN ESPECIAL PARA EL DEPORTE
REPARTIDO Nº 1244
OCTUBRE DE 2013
CARPETA Nº 2547 DE 2013
SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE DEPORTES
C r e a c i ó n
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PROYECTO DE LEY
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Artículo 1º.- Créase un Sistema Nacional Integrado de Deportes de Uruguay
(SINIDU) el que tendrá como objetivo fundamental la articulación, organización,
coordinación y promoción del sistema deportivo nacional en todas sus disciplinas.
Artículo 2º.- Integración. El mismo funcionará bajo la órbita del Ministerio de Turismo
y Deporte y será integrado por las Direcciones de Deportes de las Intendencias
Departamentales, organizaciones, asociaciones, federaciones y agrupaciones privadas sin
fines de lucro que estén vinculadas a todas las disciplinas deportivas a nivel nacional.
Lo integrarán además el Ministerio de Educación y Cultura, el Ministerio de Salud
Pública, el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, y
toda entidad que el propio SINIDU entienda conveniente para el mejor cumplimiento de
los objetivos del mismo.
Artículo 3º.- Financiamiento. El SINIDU estará financiado por las recaudaciones por
concepto de los impuestos y multas que se impongan respecto de bebidas alcohólicas,
cigarrillos, marihuana, así como por parte del producido del Fondo de Bienes
Decomisados de la Junta Nacional de Drogas.
El Ministerio de Turismo y Deporte (MINTURD) establecerá parte de su presupuesto
para ser volcado al SINIDU y al cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 4º.- Competencias. El SINIDU tendrá competencias para planificar,
direccionar, coordinar, formular, evaluar, financiar y promocionar las políticas de Estado
en materia deportiva y recreativa.
Compete al Ministerio de Turismo y Deportes planificar, direccionar y coordinar el
SINIDU, asimismo formulando, integrando, coordinando y evaluando las Políticas de
Estado en materia deportiva y recreativa.
Corresponde a las Intendencias Departamentales adoptar las políticas, planes y
programas deportivos y recreativos a ser desarrollados dentro de su departamento, o
fuera de este, así como el desarrollo y promoción del mismo a nivel departamental.
Asimismo tendrá a su cargo la administración, mantenimiento y adecuación de los
escenarios públicos deportivos y recreativos.
Artículo 5º.- El SINIDU elaborará un Plan Nacional del Deporte en el que se
establecerán las políticas nacionales vinculadas al mismo. Para ello se tendrán en cuenta
los siguientes preceptos fundamentales:
- El deporte como salud pero también como elemento para la formación de
valores, esfuerzo, disciplina, respeto, solidaridad, igualdad, trabajo en equipo y
superación personal.
- Educación física y deportiva en todos los centros educativos siendo el deporte y
la educación un conjunto, no pudiendo estar separadas ni alejadas de sí.
Coordinación de los deportes federados.
- Apoyo a los deportistas de alta competición y apoyo a las organizaciones que
tiendan al mejoramiento del deporte de alto rendimiento, elaborando políticas
para el desarrollo de la infraestructura y financiamiento adecuado.
- Incremento de la oferta deportiva como sistema integrador de la sociedad en
todos los aspectos.
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- Incremento de la oferta deportiva como sistema de inclusión social.
- Promoción de las escuelas deportivas.
- Promoción de adecuadas infraestructuras para la práctica de los deportes de
competición como recreativos.
- Descentralización del deporte a través de las Intendencias.
- Inclusión y participación de la mujer en todos los deportes no siendo necesaria
la federación o participación del sexo masculino como condicionante para la
competencia de la mujer en ningún deporte.
- Recuperación, fortalecimiento de las plazas de deportes, herramienta histórica
y lugar público y gratuito donde la población puede asistir a realizar actividades
deportivas.
- Fomentar el juego limpio y evitar la competencia desleal.
Artículo 6º - El Plan Nacional del Deporte deberá ser actualizado bianualmente y
reevaluado anualmente, sin perjuicio de las correcciones que el SINIDU entienda
conveniente realizar para mejor proveer.
Artículo 7º.- El SINIDU establecerá beneficios para todas aquellas personas que
realizan e integran el equipo deportivo en deportes de alta competición que representen al
país en el extranjero mediante remuneraciones y/o exoneraciones.
Cuando estas obtengan premios o títulos a nivel internacional se les otorgará
automáticamente una pensión vitalicia consistente en 30 BPC mensuales, las que serán
tramitadas por el interesado a través del Banco de Previsión Social.
Artículo 8º .- El SINIDU establecerá beneficios para aquellas personas que, no
estando comprendidas en el artículo anterior realizan deportes de competición de forma
de fomentar su participación.
Artículo 9º.- Los niños y estudiantes que realizan actividades deportivas de
competición tendrán exoneración en todo medio de transporte urbano e interurbano para
el desarrollo de las mismas como de sus entrenamientos.
Artículo 10.- El Banco de Previsión Social estudiará y analizará en conjunto con el
SINIDU un tributo especial para los deportistas que hacen de este su medio de vida, de
modo de que cuenten con los beneficios de todo trabajador afiliado.
Artículo 11 .- El Ministerio de Economía y Finanzas estudiará y analizará un sistema
de beneficios tributarios mediante devolución de impuestos a aquellas empresas que
realicen donaciones a los clubes, federaciones, agrupaciones, organizaciones,
asociaciones y todo organismo privado sin fines de lucro vinculado al deporte.
Artículo 12.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente dentro los 180 (ciento
ochenta) días posteriores a su promulgación.
Montevideo, 24 de setiembre de 2013
JOSÉ A. AMY
REPRESENTANTE POR SORIANO
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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El 7 de julio de 1911 se creó durante la segunda Presidencia de José Batlle y
Ordoñez la Comisión Nacional de Educación Física, la cual tenía como objetivos
fundamentales la formación de asociaciones de cultura física racional, relacionar las
asociaciones nacionales existentes, entre sí y con las extranjeras, unificando la acción y
los métodos, proyectar un plan racional de educación física obligatoria en las escuelas de
instrucción primaria y en los establecimientos de instrucción secundaria entre otros.
Por la Ley Nº 17.243 de 29 de junio del 2000, el Estado uruguayo entendió necesario
tener un Ministerio dedicado al Deporte y Juventud dado que se necesitan de políticas de
Estado para estos temas.
Mucho se ha realizado desde aquellos cercanos 102 años a la fecha, por parte de
todos los Gobiernos, sin excepción alguna, y ello se debe fundamentalmente a que los
uruguayos somos conscientes de que el deporte es una cultura que necesita ser integrada
a la vida de todos.
El deporte no solo es salud sino que además es educación, cultura, integración y
humanización.
Educación y deporte van de la mano siempre ya que ambos requieren disciplina,
normas y reglas, derechos, esfuerzo, sacrificio, trabajo en equipo, igualdad y recompensa.
El ser humano requiere de estos.
El deporte es no solo competición sino que además su orientación se enfoca en la
práctica de la actividad física como mejora de la salud, socialización, educación, diversión,
recreación, e integración.
Es por ello que el deporte no es una competencia exclusiva del Ejecutivo Nacional ni
del Estado sino que es un trabajo que debe ser desarrollado por todos los actores
involucrados mediante un sistema que los integre y permita una complementación y
coordinación de actividades para lograr el máximo de eficacia y eficiencia en el uso de los
recursos materiales y en especial los humanos.
A partir del presente proyecto de ley entendemos que estaremos favoreciendo y
colaborando con quienes llevan adelante tareas ejecutivas brindando un marco legal
moderno y con flexibilidad para su adecuación, modificación y corrección a los efectos de
lograr un Sistema Nacional Integrado de Deportes de Uruguay (SINIDU).
Dicho Sistema, que creamos a partir del presente tiene como objetivo fundamental la
articulación, organización, coordinación y promoción del sistema deportivo nacional en
todas sus disciplinas, ello es, operar como un gran articulador de las políticas deportivas
nacionales.
Estas no son exclusivas del Ministerio de Turismo y Deporte, pese a que es en el
seno de este que el SINIDU funcionará, sino que es con una participación en igualdad de
importancia con las Intendencias Departamentales y las organizaciones, asociaciones,
federaciones y agrupaciones privadas sin fines de lucro que estén vinculadas a todas las
disciplinas deportivas a nivel nacional, pero requiere asimismo la participación de los
Ministerios de Educación y Cultura, de Salud Pública, Desarrollo Social y Transporte y
Obras Públicas, dado que estos tienen competencias específicas.
Para el financiamiento del proyectado SINIDU proponemos, además de los
presupuestos naturales que surjan del MINTURD, que toda la recaudación del Estado, por
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concepto de impuestos y multas vinculadas a aquellas actividades que se oponen
directamente al deporte y la salud, como lo son las bebidas alcohólicas, cigarrillos,
marihuana, así como por parte del producido del Fondo de Bienes Decomisados de la
Junta Nacional de Drogas.
Se establecen competencias para el propio SINIDU, como para el MINTURD y las
propias Intendencias en la materia deportiva de forma de no solapar unas con otras ni
crear confusiones sino de identificarlas y potenciar cada organismo estatal. Es por ello
que se hace necesario y fundamental entender al Deporte bajo la necesidad de política de
Estado.
El MINTURD a través de la DINADE como centralizadora de un grupo
interdisciplinario elaboró un Plan Nacional Integrado de Deporte de Uruguay (PNID) el que
pretende ser un documento de orientación, alineación y definición de ciertos objetivos,
programas y acciones de deporte. En el presente proyecto ya establecemos la
obligatoriedad legal de la elaboración del mismo pero se enumeran los preceptos y
principios fundamentales sobre los que se debe trazar el mismo.
- El deporte como salud pero también como elemento para la formación de valores,
esfuerzo, disciplina, respeto, solidaridad, igualdad, trabajo en equipo y superación
personal.
- Educación física y deportiva en todos los centros educativos siendo el deporte y la
educación un conjunto, no pudiendo estar separadas ni alejadas de sí.
- Coordinación de los deportes federados.
- Apoyo a los deportistas de alta competición y apoyo a las organizaciones que
tiendan al mejoramiento del deporte de alto rendimiento, elaborando políticas para el
desarrollo de la infraestructura y financiamiento adecuado.
- Incremento de la oferta deportiva como sistema integrador de la sociedad en todos
los aspectos.
- Incremento de la oferta deportiva como sistema de inclusión social.
- Promoción de las escuelas deportivas.
- Promoción de adecuadas infraestructuras para la práctica de los deportes de
competición como recreativos.
- Descentralización del deporte a través de las Intendencias.
- Inclusión y participación de la mujer en todos los deportes no siendo necesaria la
federación o participación del sexo masculino como condicionante para la competencia de
la mujer en ningún deporte.
- Recuperación fortalecimiento de las plazas de deportes, herramienta histórica y
lugar público y gratuito donde la población puede asistir a realizar actividades deportivas.
En el artículo 7º al 11 enumeramos una serie de beneficios y tareas que tienden a
promover el deporte en todos los ámbitos, sean estos educativos, competitivos y de alta
competición.
Estos beneficios no son otra cosa que el reconocimiento a todos los deportistas y
para que, los niños y jóvenes puedan ver en el deporte una forma de salir de los vicios
que los rodean y pretenden envolverlos. Es mediante la promoción y valoración de la
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actividad deportiva que entendemos que podemos hacer más y mejores jóvenes, más y
mejores uruguayos.
Por tal motivo proponemos beneficios a aquellos deportistas que representan al país
en el extranjero y con ello a todos y cada uno de los uruguayos, en deportes de alta
competencia y es entonces doblemente necesario asegurarles una pensión vitalicia
cuando se obtienen títulos internacionales que tanto festejamos los uruguayos. No
podemos concebir el hecho de que campeones olímpicos, medallistas olímpicos,
mundiales, panamericanos o sudamericanos solo puedan entrenarse para las
competencias fuera del horario de trabajo que utilizan como medio de vida. Más y mejores
deportistas, más y mejores profesionales.
De igual forma, para aquellos casos en que las personas deportistas no logran el
objetivo previamente indicado el SINIDU establecerá beneficios de manera de fomentar la
participación.
El artículo 9º establece acciones específicas para niños y estudiantes a quienes se
los exonerará de todo tipo de cargo para el transporte a nivel nacional en el marco de la
actividad deportiva que se realiza. No es posible y comprensible que niños y jóvenes, que
siendo estudiantes y con capacidad para el deporte, dejen de practicarlo por carecer de
dinero para el transporte. Más y mejor deporte, más y mejores niños y jóvenes.
Asimismo se hace necesario que el BPS analice un tributo específico para los
deportistas y que estos puedan acceder a la totalidad de los beneficios de cualquier
afiliado en virtud de que muchos hacen del deporte su medio de vida y su trabajo.
Y no es posible dejar de lado al empresario que favorece al deporte nacional para
los niños y jóvenes mediante donaciones. Es para ello que encomendamos al MEF que
estudie y analice un sistema de beneficios tributarios mediante devolución de impuestos a
aquellas empresas que devuelven a la sociedad, y en particular a quienes son el futuro de
nuestro país.
Finalizando la presente exposición de motivos solicitamos al Cuerpo Legislativo el
pronto planteamiento del presente proyecto de ley ya que, remitiéndonos a los primeros
párrafos de este, expresamos que "…Mucho se ha realizado desde aquellos cercanos 102
años a la fecha, por parte de todos los Gobiernos, sin excepción alguna"..., pero mucho
más queda por hacer. Es en ese marco de conciencia nacional y de la importancia del
desarrollo y práctica del deporte que abordamos esta redacción ya que en nuestro
concepto, el mismo carece de banderas políticas e ideológicas dado que "...el deporte no
solo es salud sino que además es educación, es cultura, es integración y es
humanización...".
Montevideo, 24 de setiembre de 2013
JOSÉ A. AMY
REPRESENTANTE POR SORIANO
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