CONSEJO EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA
RESOLUCION
Expediente
No.
No.
30
15
2015-2-10-0000422
Montevideo, 10 de noviembre del 2015.
VISTO: La solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 19 de
octubre por el Sr. Esteban Rivero, al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la
Información Pública N° 18.381 de 17 de octubre de 2008;
RESULTANDO: que el interesado solicita:
“a -Presupuesto que percibe la Unidad de
Acceso a la Información Pública y por parte de qué instituciones. b-Cantidad de
personal que cumple funciones para la UAIP y salario que reciben por esa función.”;
CONSIDERANDO: I) que esta Unidad es sujeto obligado, a los efectos de la Ley N°
18.381, por lo tanto debe permitir el acceso a la información que produzca o tenga en
su poder, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la precitada norma, siempre
y cuando la misma no revista una causal de excepción;
II) que la información solicitada por el Sr. Rivero es información
pública y por tanto debe ser entregada en los plazos establecidos por la Ley;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N°18.381 de 17
de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
RESUELVE:
1°. Autorizar el acceso a la información solicitada, cometiéndose a la Secretaría
General de AGESIC, la entrega de la información detallada en el Resultando de la
presente Resolución.
2°. Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.
Dr. Gabriel Delpiazzo
Presidente de la UAIP.